Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos
El marco legal que regula la carne cultivada en la UE y en España. Exige autorización previa tras evaluación de seguridad de la EFSA.
La carne cultivada se considera en la UE un nuevo alimento (alimento sin consumo humano significativo antes del 15 de mayo de 1997) y se regula por el Reglamento (UE) 2015/2283. Requiere autorización previa a su comercialización, basada en una evaluación de seguridad.
El proceso, paso a paso
- La empresa presenta la solicitud a la Comisión Europea.
- La Comisión pide a la EFSA una evaluación de riesgo (~9 meses).
- Fase de gestión del riesgo: la Comisión y los Estados miembros votan por mayoría cualificada (~7 meses).
- Si se aprueba, se incluye en la lista de nuevos alimentos autorizados de la UE y pasa a ser vendible en todos los Estados miembros, incluida España.
En total, el proceso ronda los 18 meses o más.
El 7 de septiembre de 2026, la Comisión Europea reafirmó ante el Parlamento Europeo que este procedimiento común se aplica a la carne producida a partir de células. También confirmó que existen dos solicitudes: una está en evaluación científica de la EFSA y la otra espera información adicional para completar el expediente. La respuesta no identifica a las empresas, no anticipa el resultado ni autoriza la venta de ningún producto en España o en el resto de la UE.
Fuentes
Última actualización: 2026-09-21.